Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Mª TRINIDAD

inquilino/a

Soy inquilina de un piso de 25 metros en Barcelona lleno de grietas, goteras y sin cédula de habitabilidad. ¿Qué debo hacer?

Llevo 15 años en el piso, pagando religiosamente 500 euros al mes, y la propietaria nunca ha querido hacer ninguna reforma ni arreglo mínimo que garantice la habitabilidad. ¿Debo pedir una inspección al ayuntamiento de bcn y a mi cómo me podría afectar?

  • Preguntado por: Mª TRINIDAD
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
mejuto ha sido el primero en contestar
Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan

    profesional

    Lo primero será conocer la fecha de su actual contrato, que puede ser el mismo que celebró hace 15 años u otro nuevo nacido de una modificación sustancial de algún elemento esencial del anterior, como por ejemplo aumentos de renta sustancialmente por encima del IPC o lo pactado en el contrato original para después del sexto año. Si el contrato no ha sido modificado sustancialmente y el arrendador le requiere para que abandone la vivienda, entonces el contrato puede ser extinguido, normalmente cada año coincidiendo con la fecha de su firma o hasta quince días después. Eso quiere decir que probablemente no podrá beneficiarse de las mejoras que el arrendador se vería obligado a realizar como consecuencia del ejercicio de los derechos de todo arrendatario a exigir la realización de las obras de conservación que sean necesarias para mantener la vivienda en condiciones dignas. Esos derechos de arrendatario le permiten denunciar ante el ayuntamiento y/o demandar ante los tribunales de justicia. La denuncia ante el ayuntamiento es gratuita, la demanda no. La denuncia seguirá su curso y tendrá efectos aunque el contrato sea resuelto por cumplimiento de la duración pactada, la demanda no. Por tanto, si el contrato puede acabar en cualquier momento, no parece aconsejable gastar dinero en tribunales, pero sí es aconsejable - cualquier ciudadano se lo agradecerá - que denuncie ante el ayuntamiento las irregularidades de arrendadores sin escrúpulos. Por el contrario, si podemos considerar la existencia de un nuevo contrato por modificación sustancial del anterior, el arrendatario podrá exigir prórrogas hasta que se cumplan cinco años desde la última modificación sustancial y en consecuencia podrá beneficiarse de las mejoras en la vivienda por las obras que el arrendador se verá obligado a realizar si es demandado ante los tribunales. Para ello el arrendatario debiera empezar requiriendo al arrendador, por ejemplo a través de un burofax con certificación de contenido, para que efectúe las obras que conviene detallar lo mejor posible incluso fotográficamente, pudiendo adjuntar el informe de algún perito. Si el arrendador no se presta amistosamente, entonces necesitará un abogado al que tendr&a...

    • Respondido por: Juan
    • Hace 14 años
  • usuario eliminado

    Si te hiciesen caso, viniese una inspección de habitabilidad, y dijesen que no se puede habitar, es posible que no te dejasen vivir en la vivienda, o sea que tendrías que ir a vivir a otro sitio, y no creo que pudieses pedir daños y prejuicios, después de 15 años viviendo, y a instancias de una inspección.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    Si pida esa inspección, pero ya, no puede permitir que alguien se lucre bajo esas circunstancias y menos esa enorme cantidad de dinero por 25 metros, es increíble. Y a usted le podría afectar en que determinen que esa casa está en ruinas y no la permitan habitar, entonces usted demanda a la casera y le pide daños y perjuicios, importante que usted tenga los recibos de las mensualidades.

     

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas