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Mi pareja y yo vivimos juntos de alquiler, hace poco nos regalaron un perro y le tenemos en casa, se lo comentamos al casero y dijo que él no queria animales en la vivienda por lo que nos daba de plazo para irnos de alli hasta finales de agosto. La verdad que consultando el contrato de alquiler no aparece nada de que no quieran perros ni animales en el piso. ¿Nos puede echar de alli? ¿Si nos echa nos tiene que pagar alguna indemnización?
Un saludo y Gracias!!
Como ya le han contestado, usted no tiene que marcharse por tener perro al no figurar ninguna cláusula en el contrato en ese sentido; y no tendrá que hacerlo hasta los 5 años de residencia si lo desea.
Ahora bien, tenga en cuenta que tendrán que hacer frente a cualquier desperfecto que el perro ocasione en el inmueble y su mobiliario. Quizá sea un buen momento para contratar un seguro de Responsabilidad Civil que asumirá esos daños, y probablemente tranquilizará al propietario.
Saludos cordiales.
Vanesa ya sabes que no tienes que irte de ese piso, pero si así lo deseas algún día que sepas que yo llevo viviendo de alquiler muchos años con mi perra y mi gato y nunca he tenido dificultad para alquilar por ésto, siempre te encontrarás con algún casero que no quiera animales, es normal, en la vida hay de todo, pero a la gran mayoría creéme lo que les importa no es que tengas perro sino que seas una persona honrada y responsable, y eso no se mide por tener o no tener mascota. Espero que te vaya bien y que disfrutes de lo maravilloso de convivir con con un perro.
Si no lo puso en el contrato, ahora no puede decir nada.
Podeis vivir ahí 5 años.
Eso sí, educad al perro, es muy fácil y os ahorrará disgustos y problemas.
Pero cuidado Vanesa M. Tener un perro es un handicap a la hora de buscar una vivienda.
Si no, pon el el buscador de esta web (arriba a la derecha) PERRO y lee los posts.
Saludos - Papeleos Alquiler
Así es, exceptuando el caso en el que su contrato haya una cláusula que especifique la necesidad de su casero para vivir en él. En ese caso, el propietario deberá avisarle 30 días antes de la finalización del año. Quiero decir, que el propietario podrá parar las prórrogas al cumpleaños de una de ellas, nunca cuando a él se le antoje.
No estoy muy enterada en esto, pero los contratos de alquiler suelen ser de 5 años, aunque se renueven cada año?? Por lo que no me pueden echar antes de que pasen 5 años, no?? Que alguien me rectifique si me confundo. gracias
Si no pone nada en el contrato, entiendo que no puede echarles por este motivo. Si aún así quiere que se vayan del piso, debería indemnizarles. La cuantía, no lo sé, estimen lo que les puede cobrar una agencia por encontrarles otro piso, gastos de mudanza... y propónganselo.