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Registralmente sigue siendo una misma finca.
Pero al abrir la puerta con su llave, aparece un hall con sendas puertas con llaves a izquierda y derecha cada una de ellas de uno de los dos apartamentos de 30m2 cada uno con su cocina, salón, dormitorio y baño.
Mi primera pregunta es;
Si se alquila como vivienda, porque el inquilino lo quiere como vivienda, ¿Qué pasaría ante la AEAT cuando dos contribuyentes declaren que viven de alquiler en la misma referencia catastral?
Yo supongo que nada. Que sería como cuando se alquila por habitaciones.
Segunda pregunta: ¿Puede el arrendador hacer dos contratos de vivienda sobre la misma finca catastral? es decir ¿Puede hacer dos contratos de vivienda sobre unas habitaciones de un mismo piso? ¿No van a alucinar en el IVIMA cuando vaya a ingresar dos fianzas sobre la misma finca?
No se trata de que el contrato 'se haga' de vivienda, se trata de que 'sea' de vivienda conforme a los estipulado en la LAU y en la normativa fiscal.
Supongo que el hecho de que el contrato se hiciera "de vivienda" tampoco consistirá un problema ¿Verdad?
Muchas gracias a todos.
Contesto por orden:
1.- Pues probablemente haya que explicarlo mediante comparecencia en la AEAT, acompañando copia de los dos documentos contractuales.
2.-Si, en virtud del principio, 'lo no prohibido está permitido, y no conozco prohibición al respecto.
3.- No entiendo la pregunta, en un arrendamiento por habitaciones lo lógico es que cada 'habitante' tenga su contrato.
4.- No veo por qué, masbien estarán encantados en definitiva el depórito de la fianzano deja de ser una exacción fiscal que en este caso se obtiene duplicada.
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No no, si cada una tiene su contador individual de electricidad y de agua.
En eso no hay problema.
¿En qué veis que pudiera haberlo?
Desde luego no existe ninguna pega en hacer un contrato por el plazo que se acuerde.
Eso es lo que pregunta
¿Por qué no lo ves normal?
¡Yo lo veo como un arrendamiento de habitación pero con cocina y baños exclusivos!
Es más tengo un amigo que alquila pisos así. Tiene dos pisos divididos en apartamentos. Registralmente siguen siendo dos pisos, pero a la práctica son 4 apartamentos.
Pero no sé que contestar a las preguntas de Cañero
Lo lógico es que divida la vivienda ante Notario (si puede, ya que dependerá de la declaración de obra nueva de la finca), y que cada una tenga una referencia catastral, y un contador individual de suministro.
Porque no busca algo normal?
Sabe los problemas que va a tener a la larga?