Alquiler piso amueblado aire acondicionado Amara
ALQUILER TEMPORAL del 1 de septiembre al 30 de junio. Ubicación inmejorable, en los primeros números de José María Salaberria. Exterior, alto, con balcón. DESCRIPCION: Generoso salón comedor con salida a balcón corrido. Cocina con espacio para comer a patio de casa 3 dormitorios, 1 exterior y 2 a patio de casa. El dormitorio exterior con amplio armario empotrado. Los dos dormitorios a patio de casa son individuales. Baño y aseo (el baño completo esta incorporado al dormitorio principal). Calefacción individual de gas. Condiciones básicas del arrendamiento: La parte arrendataria entregará en concepto de fianza legal y garantía adicional un total de 3 meses. Los honorarios de la agencia son por cuenta de la parte arrendataria. Será requisito seguro de impagos, si bien este será abonado por los propietarios. No se admiten mascotas. Consumos por cuenta de la parte arrendataria (electricidad, calefacción, agua ( fría y caliente) y basuras, internet). CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA: Califc. energ. global (emisiones KgCO²/m² año): 39 E Califc. energ. global (consumos KWh/m² año): 184 E Nº de registro: CEE/CAPV/2020/90008*** * CUMPLIMIENTO NORMATIVO, COMPROMISO DE TRANSPARENCIA y PRINCIPALES CONDICIONES DEL CONTRATO: En cumplimiento de la ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela, se especifica que: (1) El arrendamiento NO ES de larga duración (título II de la LAU) sino de temporada. Máximo hasta el 30 de junio de 2027. Duración mínima del contrato: CUATRO meses. La parte arrendataria deberá acreditar el motivo por el que precisa un alquiler de temporada y no de larga duración. (2) En el precio de la renta NO están incluidos los gastos de servicios y suministros, como electricidad, gas, telecomunicaciones, agua y basuras…, que son por cuenta de la parte arrendataria. (3) Fianza y garantía adicional: La parte arrendataria entregará un total de tres mensualidades de la renta media del alquiler por la suma de ambos conceptos. (4) La parte arrendataria contratará seguro de contenido y responsabilidad civil y la parte arrendadora seguro de continente. (5) Los honorarios de la inmobiliaria son por cuenta de la parte arrendataria, siendo su importe el 15% más IVA de las rentas del contrato, con un máximo de una mensualidad media más IVA y un mínimo de 500 euros más IVA. (IVA = 21%). (6) El arrendador NO es sujeto pasivo del IVA y al tratarse del arrendamiento de una vivienda SIN dar servicios adicionales propios de hostelería, el arrendamiento NO lleva IVA. Tampoco se aplica retención a la renta. SÍ ESTÁ sujeta al ITP y AJD en su modalidad de TPO, que es por cuenta del arrendatario. Modelo 60-T. Base liquidable (formado por el total de rentas del plazo de duración pactado) de 3.846,49 a 7.792,96€ = 30,77 euros; a partir de aquí, 0,024040€€ por cada 6,01€ o fracción. Para + info consultar web de Hacienda Foral de Gipuzkoa. (7) La información precontractual que recibirán los potenciales arrendatarios será mucho más extensa y precisa que la que es posible recoger en este espacio, fijando las condiciones sobre el derecho de adquisición preferente, cesión y subarriendo, etc.