¿Puedo realizar obras en mi vivienda de alquiler? ¿Qué pasos debo dar?
Vivo en alquiler de renta antigua. El piso tiene muchos años y me gustaría arreglar el baño, poner un toldo en la galería y el balcón, etc.. ¿Tengo que pedir permiso al arrendador?, ¿Puede subirme el alquiler si hago estas obras?, ¿Puedo solicitarle a él que realice estas obras?. ¿En este caso puede incrementarme el alquiler?
Debes pedir permiso al propietario, si son obras imprescindibles para la habitabilidad del piso, debe acometerlas el propietario y puede subirte la renta, si son de mejora las debes acometer tú, con la autorizacion del dueño.
Respecto a las obras, siempre hay que ponerlas en conocimiento del propietario antes de ejecutarlas.
Existen dos tipos de obra: 1.- las obras necesarias para el mantenimiento de la vivienda (desconchones en las paredes, humedades, etc). 2.- obras de mejora (poner toldos, cambiar alicatados, etc).
En los pisos de renta antigua las cosas funcionan de la siguiente manera: - las obras necesarias las ha de acometer el propietario (previa solicitud del inquilino), y la Ley le ampara para repercutir dicho gasto en el inquilino, a modo de cantidad asimilada a la renta. - Las obras de mejora las ha de acometer el inquilino, pero previamente ha de pedir autorización al propietario (que puede aceptar o no). En estos casos el propietario tiene derecho a negociar un aumento de alquiler por las mejoras.
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