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Voy a repetir, porque creo que no se me ha entendido.
"Tu caso es diferente porque el motivo de que te marches es por traslado de trabajo. Ya te han explicado que un juez lo puede tener en cuenta como un motivo justificado.
Pero antes de llegar a juicio, que es un proceso largo y costoso, en mi opinión es mejor llegar a un acuerdo."
No se ha dicho que no sea un motivo justificado. Se dice que es mejor evitar los juicios:
No hay una ley (o al menos yo no la conozco) que diga: "si te trasladan de trabajo, puedes romper el contrato y abandonar el piso".
Por lo tanto la sentencia dependerá mucho de la exposición que hagan los abogados y de como vea el juez la situación. Así que sólo se te puede decir, si vais a juicio, probablemente lo ganarás.
En mi opinión (igual que también piensan otros profesionales, como ha dicho Mari Lolis), es un motivo más que justificado. Pero mejor evitar un juicio, porque nunca sabes con certeza por donde van a salir los tiros al final.
Saludos.
Con los Jueces, la justicia es una cosa de sorteo. A veces dicen una cosa, a veces dicen la contraria. Yo no me metería en lios. Hay una maldición gitana que dice : Pleitos tengas y los ganes.
Por otro lado yo encuentro abusivo firmar un contrato y no cumplirlo.
el traslado de trabajo a otra provincia es motivo justificado para rescindir el contrato....esta por aquí respondido por Juan (un gran experto)...pero yo nunca encuentro el enlace.
Cuando se firma un contrato es para cumplirlo, pero ambas partes.
Es decir, cuando el contrato es de un año el inquilino se está comprometiendo a estar en el piso (o en su defecto a pagar la renta) de ese año completo.
Si quiere dejar el piso lo tendrá que notificar con un mes de antelación, pero antes del vencimiento del contrato (en tu caso del año).
El casero tampoco te podrá pedir que te marches antes del quinto vencimiento (o "cumpleaños") del contrato. A no ser que necesite el piso para vivir en él y esté contemplada esa cláusula en el contrato. En ese caso te puede pedir en cualquier vencimiento (o "cumpleaños") del contrato que no se renueve. No en otro momento.
Como ves, la cláusula que dices no es abusiva, sino que simplemente recalca una de las obligaciones del inquilino.
Tu caso es diferente porque el motivo de que te marches es por traslado de trabajo. Ya te han explicado que un juez lo puede tener en cuenta como un motivo justificado.
Pero antes de llegar a juicio, que es un proceso largo y costoso, en mi opinión es mejor llegar a un acuerdo.
Debes tener también en cuenta que poner un piso en alquiler lleva bastante trabajo: poner el piso a punto, poner anuncios, contestar al teléfono durante todo el día, desplazarte para enseñarlo, que el piso esté vacío durante X tiempo...
Podéis, por ejemplo, ofrecerle ayudarle en la búsqueda de un inquilino que os sustituya (además, si hay otro inquilino, el propietario no perderá dinero, por lo que tampoco os lo podrá reclamar). Vamos, que vea que tenéis buena fe y que intentáis hacer algo para compensar.
Saludos.
En principio el hecho de dejar el piso antes del plazo supone un incumplimiento del contrato. Luego puede suceder que si el propietario le reclama judicialmente el juez pueda decidir que hay una causa justa o estado de necesidad derivado de su traslado laboral, que le exonere de responsabilidad. El resultado de su pleito sería incierto. Debe comunicar que se marcha por burofax alegando la causa, y si el dueño le reclama judicialmente lo lógico es que le den a usted la razón, pero tendrá que pelearlo.