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en junio se firmo un contrato de un año porrogable a cinco.
el dia 28 de agosto me llama el inquilino por telefono para que vaya a recoger las llaves porque se ha comprado una vvienda y se marcha. En el contrato hay una clausula que tiene que indemnizar al arrendador con tres mensualidades y avisarlo con dos meses de antelacion, ni ha hecho una cosa ni otra.¿ Se puede reclamar con un monitorio ¿la fianza me la puedo quedar por no avisarme con antelacion, la cantidad de la indemnizacion serian 1350 euros.
Lo que puede quedarse es el equivalente a los dos meses que debían haberle avisado, y a las facturas que lleguen de suministros hasta que abandonó la vivienda.
Yo creo que es una demanda factible; pero vale la pena que acuda a un abogado especializado.
no es mala idea llamar a pholmo, que con un coste muy contenido le podra asesorar mejor.
pablo.
no hay documento porque no quiso firmar la rescision unilateral, recogi las llaves con un testigo, el preaviso de dos meses, era una clausula del contrato, ¿ Se puede iniciar un proceso monitorio?
Tal y como lo relata, esa cláusula es nula, ya que es incompatible un preaviso con una indemnización.
Por otro lado, que pueda reclamar o no, dependerá de si hay documento de finalización de contrato donde estipule su oposición a la rescisión unilateral y de si ha recogido las llaves o no.