La problemática que plantea Amparo es de sumo interés puesto que en la última reforma del la Ley de Arrendamientos Urbanos, los alquileres vacacionales quedaron
excluidos de esa ley, y por lo tanto no les alcanzaría la obligación de deposito de la fianza, ya que
esa obligación se refiere a los arrendadores de fincas urbanas sujetas a la LAU.
La cuestión por tanto gravita en si se trata o no de un alquiler vacacional y por tanto excluido.
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