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Txarol

inquilino/a

Primer piso a alquilar, ¿qué debo tener en cuenta?
Estoy buscando piso para independizarme y es la primera vez. Podéis asesorarme sobre cosas a tener en cuenta cuando vea un piso o qué debo preguntar. Estoy segura que hay temas que estoy olvidando, como tipo de tuberías, seguros, por decir algún ejemplo. Agradezco cualquier respuesta, estoy segura que algo puede escaparse. Gracias
  • Preguntado por: Txarol
  • Hace 15 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (3)
manuel josé ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Txarol

    inquilino/a

    Gracias a los dos por aconsejarme. Ya me estoy mirando la lau. Además de esto me refería a qué es lo que hay que tener en cuenta al verlo, que seguro se me escapa algo.
    • Respondido por: Txarol
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Aunque te guste el piso, y te parezca que todo está perfecto, pide una cláusula de carencia, mediante la cual, tengas por ejemplo 60 días para que todos los desperfectos o averías que encuentres sean por cuenta del arrendatario. Si no lo haces, y tu casero es un poco aprovechado, los pequeños arreglos serán de tu cuenta desde el primer día.

    Lee la LAU, así descubrirás tus derechos y obligaciones, como por ejemplo tu derecho a alquilar por un año, pero renovar hasta 5 si no avisas de lo contrario en uno de los cumpleaños del contrato, incluso renovar por 3 años más si en el 5º cumpleaños ni tú ni el arrendador os oponéis. Pero tienes la obligación de cumplir cada año (o pagarlo) completo. En resumen, si firmas por 1 año, podrías quedarte hasta 5 u 8, pero sólo irte en los cumpleaños del contrato.

    Debes pactar desde el primer día quién paga la Comunidad y el IBI. Si acordáis que los pagas tú, debe figurar el último importe conocido en el contrato. Es una forma que tiene la LAU de protegerte de subidas. Cuando llegue el cumpleaños de tu contrato, fecha en que se revisa la renta aplicando el IPCGN, aunque la Comunidad subiera para el propietario, a ti sólo podrán subírtela, hasta 2 veces el IPCGN, pero no más.

    No estaría mal que contratases un seguro que proteja tus cosas (de un robo, un incendio, etc) y de responsabilidad civil (grifo abierto y calas al vecino, quemas la casa.. y la del vecino, etc). Esto independientemente de que el casero tenga otro que proteja sus cosas y su responsabilidad civil.
    Pero insisto, todo esto es una pincelada… Lee la LAU, d e s p a c i t o. Es el mejor consejo que puedo darte. http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#TÍTULO_I

    Que no te pase desapercibido el artículo 6, pero debes leer el título II al completo.
  • manuel josé

    casero/a

    Modelos de contratos por internet o comprar en estanco. Te suelen exigir fiador solidario o seguro que cubra impagos y costas judiciales. Si te lo hacen por agencia suele cobrar una mensualidad. Para el arrendador 1 ó 2 meses garantía, además de mensualidad de fianza que él depositará en organismo público. En el contrato firmarás que lo recibes en debidas condiciones. Al entrar en piso revisa todo, desperfectos, averías, pintura, faltas en muebles, electrodomésticos,.... y comunica por burofax con acuse de recibo sino al terminar contrato te lo descontarán de la Fianza depositada y se quedarán con ella previa presentación justificantes de los arreglos. Toda comunicación por escrito y con acuse de recibo.

    Saludos,
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